La doctrina de expulsión es una doctrina central dentro del sistema de creencias del movimiento de los testigos de Jehová.

El libro Perspicacia para comprender las escrituras volumen 1 páginas 900 a 902 la define como “acción judicial de expulsar o excluir a un transgresor tanto de ser miembro de una comunidad u organización como asociarse con ella. Es un principio y derecho inherente a las entidades religiosas en la analogía a la facultad que tienen los cuerpos políticos y municipales de imponer la pena capital, la proscripción y el destierro. En la congregación de Dios se toma esta medida para mantener la pureza doctrinal y moral de la congregación. La expulsión es necesaria para la existencia de la organización y en particular de la congregación cristiana. Esta debe permanecer limpia y conservar el favor de Dios a fin de poder representarle Y son usadas por él. En caso contrario Dios expulsaría o cortaría a toda la congregación”.

El libro Organizados, capítulo 14 «Conservemos la paz y la limpieza de la congregación”, párrafos 20, 21, 25-29 explica que ciertas faltas personales y algunos pecados graves tales como el adulterio, la homosexualidad y la apostasía requieren que previa  investigación por dos ancianos y posteriormente un comité judicial formado por al menos tres ancianos, juzgarán al miembro o miembros de la congregación involucrados. Los resultados del proceso judicial son: censura privada, censura pública o expulsión. Y como parte del proceso el acusado tiene el derecho de apelar la decisión dentro de los siete días a partir de que el comité judicial decidió expulsar siendo esta por escrito. La apelación se define como: «Una muestra de consideración hacia el hermano y una oportunidad para que exprese que le preocupa”. Una vez agotado el proceso de apelación, se recibe de nuevo el resultado del proceso. En caso de decidir la censura pública o expulsión se hace el anuncio de la congregación quien toma las medidas necesarias.

El manual confidencial y exclusivo para ancianos Pastoreen el rebaño de Dios, impresión de enero del 2019, contiene ocho capítulos completos, del capítulo 12 al 19, acerca de las formas y métodos a seguir desde el proceso de investigación, formación del comité, anuncio al involucrado, apelación, anuncio a la congregación y readmisión. 

En el capítulo 12 ofrece la lista de causales para la formación de un comité judicial, entre estos causales se incluyen: 

  • La inmoralidad sexual
  • Borrachera
  • Aceptar una transfusión de sangre
  • Rendir servicio militar
  • Algunas prácticas sexuales en el matrimonio
  • Relacionarse socialmente con un expulsado aunque sea familiar
  • Glotonería
  • Hurto
  • Mentir
  • Fraude
  • Calumnia
  • Injuria
  • Usar lenguaje obsceno
  • Codicia
  • Jugar por dinero
  • Juegos de azar
  • Extorsión
  • Trabajar en empresas de sorteos
  • Trabajar en algunas empresas consideradas anti-bíblicas
  • Negativa mantener a la familia
  • Arrebatos de ira
  • Homicidio
  • Intento de homicidio
  • Apostasía
  • Celebrar fiestas de religiones paganas
  • Celebrar cumpleaños
  • Participar en actividades de otras religiones
  • Ejercer derechos civiles
  • Divorcio sin base bíblica
  • Difundir enseñanzas contrarias a los testigos de Jehová
  • Espiritismo
  • Idolatría
  • En trabajar en un lugar que promueva la religión falsa

Y algunos causales más o causales menos, la lista es variable dependiendo del ánimo que tenga los miembros del cuerpo gobernante en turno o las tendencias o modas que se generen en el mundo.

Los ancianos investigarán cualesquier forma en las que se enteren que se ha cometido un pecado:

  1. confesión 
  2. testimonio de dos testigos.

El capítulo 15 establece que las audiencias son confidenciales de preferencia en el salón del reino, de forma privada con el acusado solamente. En caso de matrimonios, si se juzga a una mujer, el esposo puede estar presente en la reunión judicial. Si se juzga un varón estando casado, no estará presente la esposa. Si se juzga a un menor, los padres pueden estar presentes así como así como también en el caso de un joven adulto que todavía vive con sus padres y siempre y cuando lo soliciten sus padres.

El capítulo 16 es bastante claro: no se permiten observadores.  Se escuchan solo a testigos que actúen de forma acusatoria y no se carean con el acusado. Normalmente no se admiten testigos a favor del acusado. Adicionalmente, invita a los ancianos a buscar o detectar el “arrepentimiento sincero”. Se pueden redactar minutas breves, se hacen breves informes escritos y se llena un formulario de notificación de expulsión. Al terminar el proceso se envía el formato a la sucursal y los registros elaborados son destruidos.

Una vez anunciada la expulsión, el malhechor que se arrepiente puede ser readmitido y, al igual que la expulsión, es un proceso algo complejo.

El libro Organizados, capítulo 14, párrafos 34 a 36 establece que: “se puede readmitir a quien ha sido expulsado o se ha desasociado de la congregación cuando de prueba clara de su arrepentimiento y demuestre durante un periodo razonable que ha abandonado el pecado y que desea ser amigo de Dios. Los ancianos dejarán pasar tiempo suficiente- muchos meses, un año o incluso más, dependiendo de las circunstancias- para que la persona demuestra que su arrepentimiento es sincero. Cuando el cuerpo de ancianos recibe una carta en la que la persona solicita su readmisión, el comité de readmisión hablara con ella. El comité evaluará si hay suficientes pruebas de que esté arrepentida y decide si se le readmite”.

Note: se deja pasar suficiente tiempo, muchos meses o incluso más, para que un comité decida si una persona está o no arrepentida. Un comité decide (o adivina o asume o presume o deduce…. No se indica el “como”) el nivel de arrepentimiento del malhechor para decidir aceptar el restablecimiento o no.

El manual Pastoreen el rebaño de Dios anteriormente citado contiene un único capítulo para el proceso de readmisión (por lo que parece ser que la Sociedad Watchtower da más valor al hecho del “como castigar” al pecador que al arrepentimiento en sí mismo), el capítulo 19 en el párrafo 1 establece que: “una persona que ha sido expulsada o que se ha desasociado de la congregación puede ser readmitida cuando de prueba y demuestre durante un tiempo razonable que abandonado su proceder pecaminoso. Siempre que los ancianos reciban una carta en la que se solicite la readmisión, deberán atender la de sin demora. Aunque las pautas aquí indicadas son aplicables a la solicitud de readmisión de personas expulsadas, son igualmente válidas para el caso de quienes se han desasociado”.

Nótese que para que se convoque a un comité de readmisión, el expulsado o desasociado debe dar primero en paso de solicitar por escrito su readmisión, sin que esto garantice que se vaya a ser readmitido, ya que el comité de readmisión, evaluará si hay o no pruebas suficientes del arrepentimiento y si este es sincero o no. Pareciera ser que mientras el pecador no dé este primer paso su readmisión nunca se tramitará.

Notemos también que tanto el libro Organizados como el manual Pastoreen el rebaño de Dios hablan de un término denominado desasociación, ¿qué es la desasociación?

El libro Organizados, capítulo 14, párrafo 30 la define como: “llamamos desasociación a la acción que toma un testigo bautizado de la congregación que renuncia a ser cristiano. Puede hacerlo expresando que ya no quiere que se le conozca como testigo de Jehová o mediante sus acciones como por ejemplo, unirse a una organización que tiene objetivos contrarios a la biblia y que por lo tanto esta condenada por Dios”.

¿Qué se hace cuando una persona desea desasociarse de la Sociedad Watchtower? El párrafo 33 del mismo libro Organizados nos dice que: “cuando alguien renuncia ser cristiano… se le tratará igual que a un expulsado”.

¿Cuál es el trato que se le da a un expulsado y a un desasociado por parte de la comunidad de los testigos de Jehová? El libro Organizados, capítulo 14, párrafo 29 establece lo siguiente: “cuando hay que expulsar a un pecador que no se ha arrepentido, se hace este breve anuncio a la congregación… con este anuncio, la congregación sabrá que debe de dejar de relacionarse con él”.

Los testigos de Jehová usan 1 Corintios 5:11 como la base bíblica para dejar de relacionarse con una persona expulsada o desasociada:

“Sino que en efecto os escribí que no anduvierais en compañía de ninguno que, llamándose hermano, es una persona inmoral, o avaro, o idólatra, o difamador, o borracho, o estafador; con ése, ni siquiera comáis”. (LBLA).

Con este texto como base los testigos de Jehová cortan todo lazo moral, religioso, social e inclusive familiar, cuando uno de sus miembros es expulsado y el anuncio ha sido dado a conocer a la congregación. La tradición oral de los testigos de Jehová incluye el que en el caso de que haya hijos jóvenes solteros expulsados con edad suficiente para poder ser independientes, se aconseja a los padres que literalmente echen a sus hijos de casa y rompan todo lazo con ellos hasta que sean formalmente readmitidos por la Congregación. En general, los testigos de Jehová tienen la idea que entre más duro traten al expulsado mediante el rechazo social, provocarán un arrepentimiento más pronto ya que consideran que si no es con ellos, los expulsados no tienen otro lugar a donde ir.

Si bien, el procedimiento escrito establece medidas de “amor y respeto”, en la práctica, el proceso judicial es bastante incómodo, vergonzoso, ya que indagan sobre detalles personales, íntimos, sobre todo en los pecados de índole sexual, sin importar si el acusado es varón o mujer, ya que para determinar el grado de arrepentimiento, el acusado debe revelar cuantas veces lo hizo, lugares, personas, si sintió placer, posiciones, tipo de coito, etc…. Situaciones que son violatorias a las mínimas normas de respeto a la privacidad de las personas.

Hasta este punto hemos descrito en lo general el procedimiento judicial y de readmisión de los testigos de Jehová tanto en su parte documental como de tradición oral. Puesto que esta doctrina forma una parte central del sistema de creencias de los testigos de Jehová surge una pregunta medular: ¿cuándo se originó y cómo se implementó la Doctrina de Expulsión en el movimiento de los testigos de Jehová?

Antecedentes e implementación de la Doctrina de Expulsión

La doctrina de expulsión no fue practicada como se hace actualmente hasta 1952, esto es, 56 años después de que se estableció el movimiento de los Estudiantes Internacionales de la Biblia (hoy testigos de Jehová a partir de 1931) en 1896. Si esta doctrina es vital para la existencia de la congregación según lo vimos en el libro Perspicacia, ¿por qué tardaron tanto los de la clase del “esclavo fiel y discreto» en darse cuenta de ella?

Charles Taze Russell habló acerca de la expulsión y el evitar a los malhechores tan temprano como 1893. Sin embargo, esto no fue aplicado a los seguidores de la Sociedad Watchtower, sino que se dijo que los cristianos en general debían de evitar a aquellos que dejaran de ser fieles a Dios.

«El estar separados no significa que debamos de ser amigos y compañeros, ni que debamos de estar en comunión en ninguna forma. Significa que tenemos que hacer una división clara entre nosotros y todos los que sean inmundos, los impuros de corazón, tal como fue manifestado por su deslealtad a la verdad, y por ende a Dios, su gran Autor. Esta separación debe de ser tan marcada que el expulsado debe de saberlo. Si lo hacemos, nadie puede equivocarse en cuanto a nuestra obediencia y lealtad al Señor y a su verdad. No puede haber un titubear u obediencia a medias en este asunto: porque no sólo debemos de estar separados en espíritu de los enemigos del Señor, pero no debemos de tocar lo inmundo. Tal como el Apóstol dice en otro lugar, tenemos que evitarlos – no tener nada que ver con ellos.» La Atalaya, 15/10/1893, p.1588 (inglés).

«No somos de aquellos que excomulgan a hermanos cristianos por unas diferencias de opinión, pero cuando se llega al punto de negar la mismísima fundación de todo el cristianismo debemos de levantar nuestras voces y enfrentarnos de cara a cara con todos aquellos que lo hacen, puesto que ellos se vuelven los enemigos de la cruz del Cristo.» La Atalaya, Diciembre de 1882, p.423.

Posteriormente, se implementó un procedimiento en el que la congregación entera discutía en cuando al mal que había hecho algún individuo y si llegaban a una decisión casi unánime de expulsar, el pecador sin arrepentirse no era rechazado pero se le trataba como un mundano. Era usado primordialmente para alguien que rechazara el valor del Rescate de Cristo.

«La administración de la disciplina no es una función de solamente los ancianos, sino de la Iglesia entera. Por eso es evidente que los Ancianos no iban a ser en ninguna forma los jueces de los miembros-el escuchar y el juicio se dejarían al cuerpo local, o la Iglesia. De hecho, incluso si el transgresor rehusara escuchar (obedecer) la decisión de la Iglesia entera, ningún castigo se debe de inflingir o siquiera intentar. ¿Qué entonces? La Iglesia debe de retirarle de él su comunión y cualquiera y todas las señales o manifestaciones de hermandad. Desde ese momento el ofensor se debe de tratar «como un hombre mundano y un público». (Mateo 18:17).” Estudios en las Escrituras Serie VI – La Nueva Creación (1904), pp.289, 290.

”La base Bíblica para comunión y excomunión es tanto una cuestión más amplia y una cuestión más sencilla. Consiste sencillamente de dos partes: (1) Aceptar al Cristo como Redentor, y (2) Una consecración completa hacia él. Quienquiera que cumpla con esta fórmula Bíblica tiene derecho al amor, respeto, simpatía y cuidado de todos los que son iguales, porque eso, y solamente eso, constituye a la Iglesia que Dios reconoce – la Iglesia cuyos nombres están escritos en el cielo.» La Atalaya, 1905, p.3673.

«De acuerdo a este texto lo mucho que podría hacer la iglesia sería que, después de haber intentado en vano hacer que el hermano se arrepintiera y se reformara, debería de remover la comunión especial de hermandad hasta aquel tiempo en el que él exprese deseo desde ese momento de hacer lo que es correcto. Entonces sería recibido de nuevo a la comunión entera. 

Mientras tanto el hermano podría ser meramente tratado en la manera cordial, amable en el que sería apropiado que tratemos a cualquier publicano o Gentil, sin darle los derechos especiales o privilegios u oportunidades de votar que pertenecen a la iglesia como una clase separada del mundo.» La Atalaya, 1/03/1919, p.69.

Todavía para 1947, la revista ¡Despertad!  del 08/01/1947 definió la postura de la Sociedad Watchtower con respecto a la práctica de la  excomunión como anti-bíblica, una costumbre pagana, usando Hebreos 10:26-31 para mostrar que el juzgar a individuos se debe de dejar en las manos de Dios. 

De forma increíble y sin explicación alguna, unos cuantos años después de este artículo y bajo la administración de Nathan H. Knorr, la Sociedad Watchtower estableció la Doctrina de Expulsión tal y como se lleva a cabo en la práctica hasta el día de hoy.

En La Atalaya del 15/05/1944, pp.151-152, se cambió la responsabilidad de juzgar a un individuo de la congregación a representantes de la congregación. A pesar de admitir que Mateo 18 indica que es la congregación entera la que tiene que decidir si una persona es un malhechor, se cambiaría esto y se limitaría la cantidad de representantes, puesto que el proceso descrito por Jesús en Mateo 18, según este número de La Atalaya, «sólo ha servido para causar más controversia y disrupción dentro de las congregaciones en el pasado que cualquier otra cosa.”

En 1949, el libro Consejos para la Organización Teocrática para los Testigos de Jehová fue publicado y dió un esquema corto del proceso que iba a ocurrir en el que representantes espiritualmente calificados iban a expulsar a un individuo.

«Si un individuo de la compañía [congregación] persiste en hacer maldad y no actúa de acuerdo a las Escrituras como debería de hacerlo un buen Cristiano, entonces los miembros representativos de la congregación que son siervos en la compañía, los maduros o los espiritualmente calificados, pueden decidir qué camino se debe de tomar. (Mat. 18:15-18) La admonición Bíblica es que no se tenga nada que ver con malhechores que buscan causar divisiones. (Rom. 16:17; Tito 3:10,11) Los hermanos maduros de responsabilidad avisarán a la congregación, expulsando al malhechor. (1 Cor. 5: 11-13) Más tarde si se muestra arrepentimiento genuino por el ofensor sacado, los hermanos responsables lo pueden recibir de vuelta en medio de ellos, e informar a la congregación.» Consejos para la Organización Teocrática para los Testigos de Jehová,(1949), p.57, (inglés).

El punto en que todo cambió ocurrió en 1952, cuando la Sociedad Watchtower rechazó el consejo de Jesús de llevar a un malhechor ante la congregación, y no dió una explicación del por qué:

«Hay un otro texto que es pertinente aquí, en Mateo 18:15-17… Esta escritura aquí no tiene nada que ver con la expulsión en una base de congregación. Cuando dice que se vaya a la congregación, significa que se vaya a los ancianos o las personas maduras en la congregación para discutir sus propias dificultades privadas. Este texto sólo tiene que ver con simplemente una excomunión personal». La Atalaya, 01/03/1952, p.147, (inglés).

Esta Atalaya de 1952 se dedicó a dar guías claras en cuanto a la política actualizada de la Watchtower en cuanto a la expulsión, clarificando lo que en el futuro se convertiría en una lista cada vez más larga de causales y denunciaba a la persona que hubiera sido expulsada en los términos más fuertes posibles:

“Nos podríamos preguntar, entonces, dado que esta congregación que Dios está desarrollando o trayendo a la existencia está basada en el amor, ¿Por qué querría alguien jamás hablar de una expulsión o sacar a la gente de la congregación? Ciertamente tiene que haber una razón. Bueno, la razón de la expulsión es que hay algunas personas que entran a la congregación que no aman al Cristo. Aquellos que saben de la situación dentro de la congregación nunca tienen que decirle «Hola» o «Adiós» a tal persona. No es bienvenido dentro de nosotros, lo evitamos. Tal individuo no tiene lugar en la congregación o la organización limpia de Dios. Debería de volver al grupo malvado de donde vino en algún momento y morirse con tal grupo malvado, junto con la organización de Satanás”. La Atalaya, 01/03/1952, pp.131-134, (inglés).

En La Atalaya del 1 de octubre de 1955, p.607, incluso el asociarse con una persona expulsada se convirtió en una razón para ser expulsado:

“Si un publicador se rehusa a hacer esto e ignora la prohibición de asociarse con el expulsado, ese publicador se está rebelando en contra de la congregación de Jehová, y la rebelión es como el pecado de la brujería, y la necedad es como la idolatría y los terafim.

Si después de suficiente advertencia el publicador persiste en asociarse con la persona expulsada en vez de alinearse con la organización de Jehová, también tiene que ser expulsado”.

El manual para ancianos Pastoreen el Rebaño de Dios (2011) muestra que el asociarse con un expulsado que no es un pariente continúa siendo una ofensa por la que uno puede ser expulsado, hacen esto por medio de incluír tal asociación bajo la categoría de «conducta desvergonzada”.

«Aunque esta lista no agota todas las posibilidades, pudiera existir conducta desvergonzada si el pecador tuviera una actitud insolente y despectiva que se haga evidente por la práctica de las siguientes cosas: Persistir de manera voluntaria, continua e innecesaria en tratar con expulsados que no son parientes, pese a repetidos consejos”. p.60.

A los miembros de la congregación se les dice que deben de espiar el uno al otro y alertar a los ancianos si notan que hay indiscreciones. Con un grado de persuasión, se les dice a los miembros que el «Más Alto Nivel de autoridad» requiere que hasta quiebren las leyes de sus propios países si es necesario para reportar a sus hermanos.

«Este mandato del Más Alto Nivel de autoridad en el universo imponía sobre cada israelita la responsabilidad de informar a los jueces cualquier mal grave que observara, para que el asunto pudiera manejarse. Aunque los cristianos no están estrictamente bajo la Ley de Moisés, los principios de esta todavía aplican en la congregación cristiana. Por eso, puede que haya ocasiones en que el cristiano esté obligado a llamar a la atención de los ancianos algún asunto. Es verdad que en muchos países es ilegal revelar lo que se halla en registros privados a personas no autorizadas para saberlo. Pero si, después de considerar un asunto con oración, el cristiano cree que se enfrenta a una situación en que la ley de Dios le exigiría informar lo que supiera a pesar de lo que exigieran autoridades menores, entonces acepta esa responsabilidad delante de Jehová. Hay ocasiones en que el cristiano ‘tiene que obedecer a Dios como gobernante más bien que a los hombres’. (Hechos 5:29).” Atalaya, 1 de septiembre de 1987, pág. 13.

Desde que se introdujo la expulsión han habido un número de cambios en la doctrina de la Watchtower y por esa razón las razones por las que uno puede ser expulsado han cambiado para adelante y para atrás. ¿Cómo podría ocurrir tal cosa si realmente estuviera Jehová dirigiendo las reglas de la organización?

Para justificar la doctrina de expulsión, la Sociedad Watchtower utiliza los siguientes paralelos:

  1. Sistema de justicia del Israel antiguo
  2. Mateo 18:15-18
  3. Lucas 15:3-32
  4. 1 Corintios 5:1-12

¿Es esto así? ¿La Doctrina de Expulsión de los testigos de Jehová tiene respaldo bíblico?¿La Doctrina de Expulsión es una muestra del amor de Dios o es una Política de Terror de una Organización manipuladora?

Hemos planteado la forma y el origen de la Doctrina de Expulsión, las preguntas las intentaremos contestar en los artículos siguientes.